Puedes solicitar tu informe CIRBE gratis al Banco de España de tres formas: online en su sede electrónica con certificado digital, DNIe o Cl@ve —lo más rápido—, por correo postal, o presencialmente en una sucursal del Banco de España. Consultar tus propios datos es un derecho: el Banco de España no cobra por ello, y solo tú (o quien tú autorices por escrito) podéis pedir tu informe.
Opción 1: online (recomendada)
- Entra en la sede electrónica del Banco de España y busca la solicitud de informe de riesgos de la Central de Información de Riesgos (CIRBE).
- Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Completa la solicitud y descarga el informe.
Es la vía más rápida y no tienes que moverte de casa. Si no tienes Cl@ve, se obtiene gratis y te sirve para casi cualquier trámite con la Administración.
Opción 2: por correo postal
Envías el formulario de solicitud del Banco de España junto con una copia de tu DNI o NIE. Funciona perfectamente si no manejas certificados digitales, pero tarda bastante más.
Opción 3: presencial
En cualquier sucursal del Banco de España, con tu DNI original. Útil si prefieres que te lo expliquen en persona.
Qué te va a llegar
Un documento con las entidades que han declarado riesgos a tu nombre, por qué importes y de qué tipo (préstamo, tarjeta, aval, leasing…), y si están al corriente o impagados. Al principio cuesta leerlo: los importes no siempre son lo que crees que debes. Te lo desgloso en cómo interpretar tu informe CIRBE.
Un detalle importante sobre las fechas
La CIRBE no está actualizada a día de hoy: las entidades declaran una vez al mes, así que tu informe refleja la foto del último cierre. Si acabas de cancelar un préstamo, es normal que todavía aparezca. Eso importa mucho cuando la deuda ya no debería estar ahí — lo explico en cómo salir de la CIRBE.
¿Y si al leerlo te llevas un disgusto?
Pasa mucho. La gente pide su CIRBE por curiosidad, o porque el banco le ha denegado algo, y se encuentra de golpe con la suma de todo lo que debe puesta en una sola hoja. Si esa suma no te cabe en la nómina, eso tiene nombre jurídico y tiene solución legal: se llama insolvencia, y es el requisito de fondo de la Ley de Segunda Oportunidad.
Si quieres, me mandas el informe y te digo en un rato —gratis y sin compromiso— si tu caso es viable o no. Si no lo es, te lo diré igual.