Defensa del deudor

Oposición a la ejecución hipotecaria

Que el banco haya iniciado la ejecución no significa que vayas a perder tu casa mañana. Hay defensa, y los plazos importan.

La ejecución hipotecaria es el procedimiento judicial con el que el banco reclama la vivienda por impago de la hipoteca. El deudor puede oponerse en el plazo legal desde la notificación de la demanda, alegando entre otros motivos la existencia de cláusulas abusivas — una vía que la jurisprudencia europea ha reforzado a favor del consumidor.

Motivos de oposición que funcionan

  • Cláusulas abusivas en el préstamo: vencimiento anticipado, intereses de demora, gastos, suelo. El juez debe controlarlas incluso de oficio.
  • Vencimiento anticipado prematuro: la Ley 5/2019 exige impagos mínimos (12/15 cuotas según el tramo) para ejecutar.
  • Errores en la liquidación de la deuda reclamada.
  • Falta de legitimación cuando el préstamo fue titulizado o cedido a un fondo.

Qué se puede conseguir

  • Paralizar o archivar la ejecución.
  • Ganar tiempo real para negociar (dación en pago, alquiler social, reestructuración del Código de Buenas Prácticas).
  • Reducir la deuda eliminando intereses y gastos abusivos.
  • Y si la situación es de insolvencia global, valorar la Ley de Segunda Oportunidad — que puede paralizar la subasta de la vivienda habitual en determinados supuestos.
No firmes ni negocies con el banco sin revisar el préstamo antes. Una oposición bien planteada cambia por completo tu posición negociadora.

Cómo trabajo estos casos

  1. Revisión gratuita de la demanda y la escritura del préstamo.
  2. Estrategia por escrito: motivos de oposición, probabilidades y coste cerrado.
  3. Defensa completa del procedimiento, incluida la negociación con la entidad.
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