Ver la nómina recortada por un embargo es de las experiencias más angustiosas de un proceso de deudas. Pero el embargo tiene límites legales estrictos que no siempre se respetan, y varias vías para pararlo.
Cuánto te pueden embargar (art. 607 LEC)
El salario mínimo interprofesional (SMI) es inembargable. Solo se puede embargar por tramos sobre lo que excede del SMI:
| Tramo sobre el SMI | % embargable |
|---|---|
| Hasta 1× SMI | 0% (inembargable) |
| De 1 a 2× SMI | 30% |
| De 2 a 3× SMI | 50% |
| De 3 a 4× SMI | 60% |
| De 4 a 5× SMI | 75% |
| Más de 5× SMI | 90% |
Con cargas familiares puedes pedir al juzgado una rebaja de estos porcentajes (10-15%). Excepción importante: en deudas de pensión de alimentos estos límites no aplican.
Errores del embargante que puedes atacar
- Te embargan por debajo del SMI (pasa más de lo que parece, sobre todo con pagas extra prorrateadas).
- El porcentaje por tramos está mal calculado.
- El embargo deriva de un monitorio que nunca te notificaron correctamente.
- La deuda de origen tiene intereses usurarios que inflaron el principal.
Cada uno de estos defectos se puede recurrir ante el juzgado.
Cómo se para un embargo de verdad
- Revisar el origen: si la reclamación era atacable (oposición al monitorio), a veces aún hay margen.
- Impugnar el cálculo si vulnera los límites del 607 LEC.
- La vía de fondo: el concurso. La declaración de concurso de la Ley de Segunda Oportunidad paraliza los embargos sobre tu salario (con matices en deuda pública) y, al final del proceso, cancela la deuda que los causaba. Es la única vía que ataca la raíz.
¿Te están embargando ya?
Mándame por WhatsApp el decreto de embargo y tu última nómina. Reviso gratis si el cálculo es correcto y si tu caso encaja en la Ley de Segunda Oportunidad para pararlo de raíz.